domingo, 31 de agosto de 2008

"Normativa de seguridad en los aeropuertos":Escrito por José Garzón


Licencia CC Atribución / Autor: PDAgrl

Desde el 6 de noviembre de 2006 se aplica una nueva reglamentación
sobre el transporte de líquidos en cabina. Las nuevas medidas de
seguridad adoptadas por la Unión Europea obligan a las compañías
aéreas a limitar el transporte de líquidos a bordo de los aviones.
Esta nueva reglamentación se aplica a todos los vuelos con salida y/o
con conexión en uno de los 25 países de la Unión Europea* (incluyendo
los departamentos y territorios franceses de ultramar), Suiza, Noruega
e Islandia, cualquiera que sea el destino.

Se consideran líquidos: los geles, las sustancias pastosas, las lociones
y el contenido de recipientes a presión como dentífricos, geles capilares, bebidas, sopas, jarabes, perfumes, espumas de afeitar, aerosoles y
cualquier otro artículo de consistencia similar.
Cómo preparar el equipaje de cabina
Prever una bolsa de plástico transparente con sistema de cierre (del tipo bolsa de congelación) con capacidad máxima de un litro (dimensiones 20 cm x 20 cm). Sólo se autoriza una bolsa de este tipo por pasajero.

Colocar los líquidos y productos similares en la bolsa. El contenido máximo de cada recipiente introducido en la bolsa deberá ser de 100 ml.
Los recipientes de capacidad superior deberán empaquetarse de forma adecuada y colocarse en el equipaje de bodega.

Excepciones

Estas medidas no se aplican a los alimentos y sustancias médicas indispensables para la salud del pasajero. No obstante, el agente de seguridad podría exigir al pasajero que demuestre su naturaleza (por ejemplo, probándolos).

Alimentos
Alimentos nutritivos específicos imprescindibles para el pasajero durante el viaje (por ejemplo, en caso de alergia a la lactosa, al gluten, etc.).
Los alimentos para bebés.
Productos farmacéuticos

Medicamentos recetados por un médico: si el agente de seguridad lo exige, el pasajero deberá demostrar que dichos medicamentos son imprescindibles (receta médica o certificado médico a nombre del pasajero…).

Productos medicamentosos no recetados por un médico, comprados en farmacia o en el comercio (para este tipo de productos, las condiciones de transporte podrían ser más restrictivas puesto que no se consideran “vitales”).

Pasajeros con conexión en la Unión Europea

Compras libres de impuesto en las tiendas duty free del aeropuerto:
Si su primer vuelo procede de un país de la Unión Europea y el segundo sale de un aeropuerto europeo (incluyendo a Noruega, Islandia y Suiza): podrá realizar compras a bordo o en las tiendas del aeropuerto. El vendedor colocará los artículos en una bolsa de plástico sellada.

Si su primer vuelo procede de un país que no pertenece a la Unión Europea y el segundo sale de un aeropuerto europeo (incluyendo a Noruega, Islandia y Suiza): Atención, si ha hecho compras en tiendas de aeropuertos que no forman parte de la Unión Europea, le serán confiscadas al pasar por los controles de seguridad al realizar la conexión.

Compras a bordo:

Si ha hecho compras a bordo de un vuelo de una compañía europea procedente de un aeropuerto situado fuera de un país de la Unión Europea, serán aceptadas al realizar la conexión en un país de la Unión Europea siempre y cuando se transporten en una bolsa sellada acompañada del recibo de compra.

Cómo preparar el acceso a la sala de embarque

En el puesto de inspección-filtrado, los pasajeros deberán presentar separadamente del equipaje de cabina:
Todos los productos y artículos mencionados anteriormente; en caso contrario, se confiscarán los líquidos y productos similares que se detecten en el equipaje de cabina.
El ordenador portátil, fuera del maletín de transporte.
Los abrigos, chaquetas y cazadoras.
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