Dr PhD Elena ALFARO
FRANCIA
Paris, 21 de julio de 2011
Señora
Sara D.deCOBACHO
Objeto: Ley 14042
Carta con aviso de recepción
en la ciudad de Buenos Aires, Argentina.
Señora Secretaria
Me llamo Elena Alfaro, soy sobreviviente del Vesubio y testigo en el juicio, cuyo veredicto fue leído el 14 de julio último por el TribunalOralFederal N°4. Me dirijo a usted para presentarle mi reclamo, respecto a la ley 14.042, ya que después de muchos pedidos y solicitudes a militantes D.H. organismos, funcionarios, etc., lamentablemente, nunca obtuve solución para reparar esta injusticia, sé de su compromiso con los Derechos Humanos y de su sensibilidad.
Si bien esta ley, que es un adelanto para la sociedad, cuando se trata del reconocimiento a las víctimas de la dictadura, también mantiene hasta ahora, algo de injusta. La injusticia reside en el hecho, que las víctimas directas de la dictadura y familiares, a quien por ley nos corresponde el beneficio, pero que no residimos en Argentina, (porque tuvimos que exilarnos en tierra extranjera, y que por distintas razones seguimos residiendo) no nos es posible inscribirnos y hacer los trámites correspondientes, desde nuestro lugar de residencia y en forma directa.
Después de mucho tiempo solicitando respuestas, solo pude obtener estas proposiciones: *Dar un poder a un abogado en Argentina para que hiciera el trámite...algo muy complicado para nosotros: -primero para encontrar un abogado y darle un poder desde el extranjero (ha habido abusos y malas experiencias...) -asumir los costos de sus honorarios (para los residentes en Argentina, el tramite es personal y gratuito) -luego, porque tendrá que hacer un giro permanente a nuestra cuentas de banco extranjero, (dado que la pensión es vitalicia), sumando mas costos. *Otra posibilidad es de abrir una cuenta en un banco argentino, siempre y cuando tengamos la posibilidad de viajar y tener un domicilio en Argentina para abrir dicha cuenta. *O que tengamos un familiar que reside en Argentina que se ocupe de hacer el trámite (no es mi caso... mis primogénitos fueron testigos de los genocidas, en este juicio. Ref. CELS querellantes, TOF4)
Todas esta razones me llevan a proponer modestamente, algo justo para no discriminar a nadie...y que como víctimas directas y testigos tengamos un trato igualitario frente a esta ley. -crear un dispositivo de extensión por vía consular (representación del estado Argentino en el extranjero) para la inscripción y el cobro de la pensión, en los países donde residimos y así poder realizar todos los tramites! -la retroactividad del cobro con fecha de vigencia de la ley, dado que nos es imposible, hasta ahora, inscribirnos. Mi reclamo es justo...de esta manera se resolvería esta desigualdad frente a esta ley 14042 entre los residentes en Argentina y en el extranjero
Pienso que no se puede olvidar ni discriminar a nadie, respetar su independencia y su libertad de pensamiento...hace parte de los Derechos Humanos! Es el fundamento del derecho en un país democrático: la ley es igual para todos y el estado debe tenernos en cuenta sin que sigamos pagando altos costos por nuestro compromiso con la Verdad la Justicia y la Memoria de ayer y de hoy! Porque simplemente, como víctimas directas del poder genocida y testigos de los juicios, no solo tenemos deberes, también tenemos derechos, cuando no residimos en Argentina!
Quedo a su disposición para todo complemento de información que fuera necesario.
Esperando una respuesta y una solución satisfactoria a este olvido, la saludo muy atentamente
Elena ALFARO
Copia/ a :
Gobernador de la provincia de Buenos Aires
SCIOLI Daniel
Comisión de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires
Presidente
MEDICI Marta Susana
Vicepresidente
ANTONUCCIO Alfredo Mario
Secretario
ZUCCARI Gustavo
Vocales
ANTONIJEVIC Fernanda
CINQUERRINI Sebastián Javier
MACRI Jorge
SANCHEZ Alicia
Presidente de la asociación de ex presos políticos de la Republica Argentina
SCALET Ricardo
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